por sus competencias, pero al mismo tiempoporque es el �nico que puede ser removido por el Congreso.
En este marco, una remoci�n del Jefe de Gabinete por las dos C�marasHasta el momento, legisladores de la oposici�n en la C�mara de Diputados han planteado la posibilidad de una"incumplimiento de la obligaci�n taxativa de concurrir por lo menos una vez al mesresponsabilidad pol�ticaPero si bien es un proceso constitucionalmente simple y no requiere procedimiento ni prueba alguna,, por la"mayor�a absoluta" de los miembros de las C�maras requerida.
El presidencialismo atenuado de la Constituci�n de 1853 se fue expandiendo a lo largo de m�s de un siglo y medio, y a partir del restablecimiento de la democracia en 1983, el uso de los decretos de necesidad y urgencia por parte del Poder Ejecutivo fue su instrumento m�s importante. El uso de esta facultad, seg�n el Art�culo 99�, Inciso 3 de la Constituci�n, solamente se puede utilizar"
cuando circunstancias excepcionales hicieran imposible seguir los tr�mites ordinarios previstos por esta Constituci�n para la sanci�n de las leyeslas normas que regulen en materia penal, tributaria, electoral o de r�gimen de partidos pol�ticosacuerdo general de ministros " y refrendado por ellos, junto con el Jefe de Gabinete. Este DNU debe ser"sometido personalmente por �l,que debe aprobarlos, cuya composici�n deber� respetar la proporci�n de las representaciones pol�ticas de cada C�mara". Es claro que este plazo pr�cticamente nunca se ha cumplido.
En una situaci�n de crisis pol�tica, el rol del Jefe de Gabinete podr�a pasar de un simple delegado del Presidente, creado para aligerar su firma,