Aborto no punible: los cinco cambios que introduce el nuevo protocolo de Nación .natalazza
“El nuevo protocolo tiene cambios lógicos, respecto del publicado en 2015. Porque, en ese tiempo, pasamos a tener un nuevo escenario con el Código Civil y Comercial. Y también se actualizó la evidencia científica”, explicó aMariana Romero, investigadora de Conicet que participó en la elaboración de las distintas guías. La primera modificación establece que la objeción de conciencia es individual.
No se requiere declaración jurada en niñas menores de 13 años. En estos casos, deben acudir con acompañamiento de los padres o de adultos a cargo. De 13 a 16 años se considera el principio de autonomía progresiva: la capacidad de ir tomando decisiones a medida en que la persona crece. En este grupo sólo se requiere la presencia de un adulto en casos graves o ante una emergencia. A partir de los 16, se considera que la persona es autónoma.
Los niños, niñas y adolescentes deben recibir un consentimiento informado. Y se sugiere la articulación de los equipos de salud con organismos de protección, como las defensorías. Todo embarazo en menores de 13 años se considera producto de una violación. Y todo embarazo en menores de 15 años se considera que pone en riesgo la salud integral de la persona. A diferencia del protocolo anterior, esta guía se publicó en Boletín Oficial y tiene el rango de resolución ministerial. La anterior era un instrumento publicado en la página web del exministerio de Salud de la Nación.
Romero aclaró que el protocolo nacional fija los lineamientos recomendados sobre la base de las nuevas leyes y evidencia científica. Son las provincias las que luego deciden cómo lo implementan. Para continuar leyendo el artículo completo, iniciá sesión o creá tu cuenta.
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